Unidad de Títulos y Reconocimientos

Reconocimientos  de  materias aprobadas en los Programas de Bachillerato  Madurez Suficiente, Bachillerato de la Educación Diversificada a Distancia y Bachillerato del sistema formal (colegio)

Con base en el Decreto N°26906-MEP artículo 10 publicado en la Gaceta 96 del 20 de mayo de mil novecientos noventa y ocho, los programas de bachillerato de la Educación Abierta, reconocen las asignaturas aprobadas en cualquier bachillerato de la Educación Media, asimismo con base en el Decreto N°31635-MEP que incluye el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, artículo 133 “… Si un estudiante del sistema formal quedara improbado en una o varias disciplinas podrán optar por rendir las pruebas correspondientes en alguno de los programas de bachillerato del sistema de educación abierta que administra el Ministerio de Educación Pública”

Reconocimientos en el  Programa de III Ciclo de la Educación General Básica Abierta.

El acuerdo del Consejo Superior de Educación N°56-93 del 28 de julio del año 1993, establece los criterio de traslados entre la educación abierta y la educación formal. El Programa de III Ciclo de la Educación General Básica Abierta, reconocerá los estudios aprobados por  los estudiantes de sétimo y octavo año, para que puedan ingresar al nivel de Térraba, Ujarrás  o Zapandí, según corresponda.

A partir del año 2010 el Consejo Superior de Educación, acuerda en la sesión N°35-09,tomado en la sesión celebrada el día 30 de julio del 2009 y ratificada en la sesión N° 37 del 10 de agosto  del 2009. Reconocer asignaturas individuales en el Programa de III Ciclo de la Educación General Básica Abierta a los estudiantes  provenientes del sistema formal.